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La revista británica "World Finance" entrevista a Aurelio Gurrea Martínez

por | Abr 4, 2018

Uno de los aspectos que está generando una mayor polémica en el mundo del gobierno corporativo y los mercados de valores a nivel mundial es el uso y permisibilidad de las acciones con voto múltiple en las sociedades cotizadas. En los últimos meses y, como consecuencia de la competencia regulatoria existente a nivel internacional, los reguladores del mercado de valores de Hong Kong y Singapur han anunciado que permitirán este tipo de acciones con la finalidad de atraer un mayor número de salidas a bolsa, principalmente entre empresas del sector tecnológico.
En el último número de la revista británica World Finance se analiza la reciente decisión del regulador del mercado de valores de Hong Kong de admitir el uso de estas acciones. A tal efecto, la publicación consulta sobre  ello al socio fundador de Dictum Abogados Aurelio Gurrea Martínez, Fellow en Gobierno Corporativo y Mercado de Valores en la Universidad de Harvard y profesor del curso de formación para reguladores del mercado de valores que organizan conjuntamente la Universidad de Harvard y la International Organization of Securities Commission (IOSCO). 

El artículo de la revista «Worl Finance» en el que se entrevista a Gurrea.

En este sentido, Gurrea Martínez destaca que, aunque las acciones con voto múltiple no son necesariamente perjudiciales, pueden generar diversos problemas. Por este motivo y, tal y como señaló Gurrea en un reciente trabajo publicado en el blog de la Universidad de Oxford, conviene ser prudentes a la hora permitir el uso de acciones con voto múltiple, ya que su deseabilidad puede depender del tipo de empresas y mercado.

 
 

El socio de Dictum recomienda que las acciones con voto múltiple sean permitidas con una cláusula de vigencia limitada (sunset clauses) y que en países con un menor desarrollo de los mercados de valores y en los que exista un menor nivel de protección de los accionistas minoritarios, estas acciones sean autorizadas específicamente por el supervisor del mercado de valores, previa justificación por parte del emisor.

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