El artículo de Aurelio Gurrea Martínez fue presentado en el VI Congreso Español de Derecho de la Insolvencia, que tuvo lugar en Valladolid los días 4, 5 y 6 de marzo de 2014, en homenaje a la memoria del profesor Emilio Beltrán.
El autor discute la preferencia del legislador concursal por la solución convenida del concurso, al contravenir -o poder contravenir- la función esencial del procedimiento concursal. En opinión de Aurelio Gurrea Martínez, si la función esencial del concurso es la satisfacción de los acreedores, parecería razonable que el legislador procurara incentivar la maximización del grado de satisfacción de los acreedores, con independencia de cuál fuera la forma de conseguirlo (convenio o liquidación). No obstante, el legislador concursal otorga una clara –y explícita– preferencia por la solución convenida del concurso, a pesar de que, en ocasiones, esta solución pudiera perjudicar el interés de los acreedores. Por este motivo, el legislador español debería replantearse si, tal y como sería deseable para el sistema económico, desea promover la satisfacción de los acreedores como finalidad esencial del concurso, con independencia de cuál sea la forma de conseguirla; o, por el contrario, prefiere incentivar, en todo caso, la reorganización de la empresa en crisis.
Texto completo en Pdf