Entrevista publicada por La Voz de Galicia el 3 de octubre de 2014
José Luis García Pita cree que la absolución del director de la Marina Mercante en el caso «Prestige» es correcta.
José Luis García Pita y Lastres, catedrático de Derecho Mercantil en la Universidade de A Coruña y socio de Dictum, participó ayer en las jornadas que analizan la sentencia del Prestige y la seguridad marítima, organizadas en Santa Cruz por la Fundación Universidade de A Coruña (FUAC), dentro del programa europeo Netmar.
-Emulando a Shakespeare, se refiere a la sentencia del «Prestige» y a otra decisión sobre este asunto en los tribunales de Londres como el «otoño de nuestro descontento».
-Creo que la decisión de blindarse por parte de la aseguradora en los tribunales británicos es un intento de escapar como pueda del Derecho español, donde las acciones directas de los afectados no se basan en el contrato, sino en el daño. Ellos creen que solo el contrato es relevante y por tanto el asunto se rige solo por el Derecho inglés, donde no existe la acción directa salvo insolvencia del asegurador. Pero creo que deberían tener en cuenta que nuestro país consagra el derecho a resarcir los daños medioambientales en la Constitución. Eso es único.
-Por tanto los afectados deberían cobrar. Es un derecho constitucional.
-Se suele consagrar como gran principio que el que contamina paga. Pero yo diría que quien sufre la contaminación tiene que cobrar.
-En ese laudo arbitral se dice que la aseguradora pague su límite de responsabilidad y que no se puede ir a por los mil millones de dólares del contrato con el armador.
-Sí, pero he estado dándole vueltas al asunto y creo que hay otra posibilidad. Una compañía decide asegurar, a sabiendas o haciendo la vista gorda, a un buque que es innavegable. Se produce el siniestro y limitan su responsabilidad. Si el armador puede perder ese límite, ¿no podría perderlo el asegurador que gana y nunca pierde?
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