Logo Dictum
M

Sorpresa, tensión, inquietud y reflexión

por | Jun 8, 2020

Por Luis Manuel C. Méjan, doctor en Derecho y catedrático del Instituto Tecnológico Autónomo de México.

 

Descarga este artículo en PDF
Cuando se cumplen 100 de lo que sea: años de vida de una persona o de existencia de una empresa u organización, números de revista, miembros participantes, oficinas o sucursales de una empresa, viajes a algún sitio, etcétera, es siempre el momento de mover la cabeza y el pensamiento hacia atrás y hacia adelante.
Este es el caso y el momento, cuando estamos en el año de terminar la segunda década del siglo XXI y, especialmente, cuando llegamos al número 100 de la revista digital e-Dictum en momentos de tensión, de sorpresa, de inquietud, de reflexión.
¿Qué nos va a nosotros, personas de Derecho, esa celebración centenaria y estos momentos de sorpresa, de tensión, de inquietud y reflexión? Pues, nos va todo.
Sorpresa.- Descubrimos que no lo teníamos todo planeado, que nuestras herramientas jurídicas, que creíamos adecuadas, no son suficientes. Si bien siempre hemos dicho que la legislación y la normatividad son siempre perfectibles, nos regodeábamos en la satisfacción de haber cubierto, a decir de Kelsen, con la normatividad de la normalidad y hete aquí que descubrimos que tenemos que construir nuevas estructuras legales.
Tensión.- Esto es algo a lo que los abogados estamos acostumbrados, siempre vivimos en emergencia, el cliente que quiere cerrar su contrato, el cliente detenido por estar sujeto a un proceso penal, el término procesal que se vence ya, la asamblea que hay que convocar y celebrar, el acreedor que quiere cobrar, la respuesta con ruta a seguir que requiere el cliente… La rutina nos ha acostumbrado a esa tensión, pero cuando un suceso extraordinario como la pandemia del COVID-19 ha aparecido, se quiebran todas las rutinas y eso nos pone de nuevo en situación de tensión extraordinaria.
Inquietud.- La palabra inquietud refiere a dos cosas: una a incertidumbre y, otra, a la de no poder estar calmados, “quietos”.
Quietos no podemos estar, es más, no sabemos estar. La actividad es ineludible, hoy más que nunca tenemos que ser “inquietos” y hacer cosas.
En cuanto a la certeza, en el mundo del Derecho tenemos certidumbre de lo que vemos cuando volteamos la cabeza hacia atrás, pero, cuando la volteamos hacia adelante no tenemos mas que una razonable previsión de lo que sucederá, nunca la certeza. Nuestra conducta, en cambio, se guía siempre con paso firme al logro de esa certeza que queremos obtener. Es pues necesario fijar la certeza de lo que buscamos y dar pasos sistemáticos a obtenerla.
Reflexión.- Estamos de emergencia creando normatividades para atender situaciones de urgencia: normatividades que procesal y administrativamente son más rápidas y expeditas; normatividades que buscan ayudar a los más desprotegidos social, económica y humanamente; normatividades que resuelven, de pronto y de cuajo, situaciones reales. ¿No debería ser este el camino ordinario que los juristas debiéramos tomar?, ¿por qué esperar a que un evento fortuito nos sacuda?
Hacer las cosas con menos requisitos y en menos tiempo es útil, no solo por la aceleración que el ritmo de nuestras vidas ha tomado desde la época moderna, sino porque es más acorde con el sentido y el propósito del Derecho.
Hemos creado, por ejemplo,  en todo el mundo,  regulaciones para hacer más rápidos y menos burocráticos los procesos de insolvencia, ¿no deberían esos procesos siempre ser así: más cortos y con menos requisitos?
Hemos creado también normas de moratoria para que las instituciones financieras no sufran y se mantengan con una sana norma de capitalización ¿no deberían estas normas ser aplicables en el mundo cotidiano?
Hemos decidido, por fin, que los medios tecnológicos son tan válidos legalmente como los presenciales en contratación, en vida corporativa, en arbitrajes y mediaciones, en procedimientos jurisdiccionales, en tratamientos internacionales. Eso ya no va a cambiar, es más, no dejemos que cambie.
Atender con prioridad a los más desprotegidos social, económica y humanamente no debe ser una norma excepcional, sino la única manera de cumplir con los objetivos del Derecho: la seguridad, la justicia, el bien común. Es cierto que una sobreprotección legal a esos desvalidos acaba convirtiéndoles en personas en capitis diminutio y produce un incentivo perverso para permanecer en esos estadios, pero su presencia es una realidad que debe ser atendida en forma permanente y no solo en casos de situaciones extraordinarias.
Resolver situaciones reales es la misión del jurista. Cuando Napoleón encomendó a Cambacérès, Bigot de Préameneu, Portalis, Tronchet y Maleville redactar un código civil, estaba haciendo eso exactamente: encontrar el camino del Derecho para resolver las situaciones reales que vivía una convulsa Francia que oscilaba entre las normas del derecho consuetudinario y las normas creadas por el régimen de la Revolución. Los resultados de su trabajo se prolongan por más de doscientos años.
¿No podremos pensar los juristas de hoy, los que leemos el número 100 de e-Dictum, que lo que hemos hecho en el mundo del Derecho en estos meses de pandemia, debe ser, desde ahora, nuestra norma de actuación permanente?

Share This