El pasado sábado, 23 de febrero de 2013, y aunque en el marco de un conjunto de medidas para la modificación del sistema de la Administración de Justicia, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la ampliación del plazo de vigencia de la norma que permite excluir determinadas pérdidas por deterioro de valor de las existencias, el inmovilizado material y las inversiones inmobiliarias para el cálculo del patrimonio neto a los efectos de la disolución de sociedades y la reducción obligatoria de capital. En efecto, mediante la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, el Gobierno aprobó la postergación de una norma jurídica que, desde hace semanas, traía en “vilo” a numerosas empresas españolas, principalmente relacionadas con el sector de la construcción, en tanto les permitía excluir transitoriamente determinadas pérdidas por deterioro de valor a la hora de calcular el concepto de patrimonio neto que sirve de base para determinar si una sociedad se encuentra en causa legal de disolución por pérdidas y si, en consecuencia, se activan los deberes y, en su caso, la eventual responsabilidad de los administradores sociales por la falta de promoción tempestiva de la disolución o, si procediere, el concurso (v., en este sentido, arts. 363 y ss LSC).
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