Jesús Conde Fuentes. Doctor en Derecho Procesal
El elenco de materias afectadas por la segunda ley de apoyo a los emprendedores –Ley 14/2013, de 27 de septiembre– es amplísimo. Pero el formato de esta publicación y, sobre todo, nuestra especialización, imponen que nuestras reflexiones se ciñan a los aspectos procesales más relevantes de la nueva ley, sin ánimo de exhaustividad, y sin que ello suponga desconocer sus implicaciones sustantivas.
Aunque muchas son las deficiencias técnicas de la Ley 14/2013 –desde la terminología utilizada a la antinomia de algunos de los contenidos que se disponen (remisión de deudas)–, nos limitamos a advertir de la falta de sistemática que preside la reforma de la Ley Concursal, cuyos contenidos se disponen, sin justificación razonable, en sedes diferentes –Capítulo V del Título I («Acuerdo extrajudicial de pagos») y Título III («Apoyo a la financiación de los emprendedores»)–, y a cuya ordenación nos atenemos con la sola finalidad de facilitar al lector la confrontación de nuestras consideraciones y el tenor legal.
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