Publicado en Expansión el 1-9-2012
Existen dos aspectos del Real Decreto-Ley de Reestructuración y Resolución de Entidades de Crédito, aprobado ayer por el Consejo de Ministros, al objeto de dar cumplimiento a las exigencias europeas, que han llamado especialmente la atención: la autorización para la creación del que ya se conoce como banco malo y la limitación de las opciones respecto a las participaciones preferentes y otros productos de deuda subordinada. Junto a ellas, sin embargo, hay que considerar dos cuestiones adicionales de gran relevancia.
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