En el BOE del pasado día 29 de diciembre de 2017 se publicó la Orden HFP/1298/2017, de 26 de diciembre, por la que se publican los límites de los distintos tipos de contratos a efectos de la contratación del sector público a partir del 1 de enero de 2018.
Tal variación normativa, de obligado cumplimiento si se pretenden transponer de forma correcta las múltiples Directivas Europeas vigentes en materia de contratación pública, lleva implícita la curiosidad de que provoca a su vez la modificación de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, que todavía no ha entrado en vigor (lo hará el próximo día 9 de marzo de 2018).
En concreto, se modifican las siguientes cifras:
- a) La de 5.225.000 euros por la de 5.548.000 euros, en los artículos 20.1; 23.1.a); 318.b).
- b) La cifra de 209.000 euros por la de 221.000 euros, en los artículos 21.1b); 22.1.b); 23.1.b); 318.b).
- c) La cifra de 135.000 euros por la de 144.000 euros en los artículos 21.1.a); 22.1.a).
Los nuevos umbrales resultarán de aplicación a los expedientes de contratación que no hubieran sido iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden (1 de enero de 2018).