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La competencia objetiva para la ejecución de garantías reales en el concurso de acreedores

por | Feb 7, 2012

La Sentencia del Tribunal Constitucional núm. 191/2011, de 12 de diciembre (BOE 11-01-2012) ha vuelto a poner de actualidad la polémica existente entre los juzgados de Primera Instancia y los Juzgados de lo Mercantil en relación a la competencia objetiva para la ejecución hipotecaria de los bienes del concursado, a pesar de que, no obstante, la mayoría de los jueces y tribunales españoles hayan optado por atribuírsela a los Juzgados de Primera Instancia, siempre y cuando los bienes que se pretendieran ejecutar no estuvieran afectos a la actividad empresarial o profesional del deudor o a una unidad productiva de su titularidad.

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